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miércoles, 26 de noviembre de 2014

Las mujeres y las niñas con discapacidad


Uso de las dos perspectivas: el género y la discapacidad

Las mujeres con discapacidad se enfrentan a dificultades mucho más graves tanto en la esfera pública como en la privada, por ejemplo, a obstáculos en el acceso a una vivienda adecuada, así como a los servicios de salud, educación, formación profesional y empleo, y tienen más posibilidades de ser internadas en instituciones (véase la nota 1 de pie de página). Las mujeres con discapacidad también sufren desigualdades en la contratación, las tasas de ascensos, la remuneración por igual trabajo, el acceso a actividades de capacitación y reciclaje profesional, el crédito y otros recursos productivos, y rara vez participan en los procesos de toma de decisiones económicas (véase la nota 2 de pie de página).
Fomentar la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer es esencial para lograr los objetivos de desarrollo internacionalmente convenidos, entre otros, los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Las mujeres y las niñas con discapacidad experimentan una discriminación por partida doble, lo que hace que estén más expuestas a la violencia por motivos de género, los abusos sexuales, el abandono, los malos tratos y la explotación. La tasa mundial de alfabetización de este grupo es de tan solo el 1%, según un estudio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (véase la nota 3 de pie de página). Según informa el Banco Mundial, cada minuto más de 30 mujeres sufren lesiones o contraen discapacidades graves durante el parto y, por lo general estas mujeres, cuya cifra oscila entre los 15 y los 50 millones, pasan inadvertidas (véase la nota 4de pie de página).
Marco normativo internacional sobre las mujeres y las niñas con discapacidad
Mesa redonda interactiva sobre «Aspectos transversales de las cuestiones relativas al género, la discapacidad y el desarrollo: hacia la igualdad de las mujeres y las niñas con discapacidad»
Recursos en Internet sobre las mujeres y las niñas con discapacidad
Grupo de debate virtual y red en línea
WomenWatch: Mujeres con discapacidad

Marco normativo internacional sobre las mujeres y las niñas con discapacidad

Mediante el establecimiento de normas y criterios internacionales, la comunidad internacional reconoce que la perspectiva de género y el empoderamiento de la mujer con discapacidad son condiciones necesarias para lograr la igualdad en el disfrute de todos los derechos humanos y el desarrollo para todos, incluidas las personas con discapacidad.

En el Programa de Acción Mundial para las personas con discapacidad se señala que las consecuencias de las deficiencias y de la incapacidad son especialmente graves para la mujer. Por lo general, las mujeres están sometidas a desventajas sociales, culturales y económicas que reducen sus posibilidades de sobreponerse a su incapacidad, por lo que su participación en la vida de la comunidad es más difícil (véase la nota 5 de pie de página).

En las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, se recuerdan las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer destinadas a salvaguardar los derechos de las niñas y mujeres con discapacidad, a las que se hace referencia en varias Normas, como la Norma 4 sobre servicios de apoyo, la Norma 6 sobre educación, y la Norma 9 sobre vida en familia e integridad personal.

En la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad se reconoce que las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o trato negligente, malos tratos o explotación (véase la nota 6 de pie de página). Para hacer frente a esta preocupación, en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad también se ha adoptado un doble enfoque para la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer con discapacidad, ya que la igualdad entre el hombre y la mujer constituye uno de sus principios (véase la nota 7 de pie de página) y se dedica un artículo a las mujeres con discapacidad (véase la nota 8 de pie de página).

Además, en sus dos recientes resoluciones sobre la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para las personas con discapacidad, la Asamblea General exhortó a la incorporación de una perspectiva de género. En su resolución 63/150, de 18 de diciembre de 2008, la Asamblea General insta a los Estados a que presten especial atención a las necesidades específicas de las personas con discapacidad en función del género, inclusive adoptando medidas para que puedan ejercer de manera plena y efectiva todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (párrafo 8 de la parte dispositiva). En su resolución 64/131, de 18 de diciembre de 2009, la Asamblea General exhorta a los gobiernos a que faciliten la participación de las personas con discapacidad como agentes y beneficiarios del desarrollo, en particular en todas las actividades dirigidas a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio, asegurando que los programas y políticas encaminados a promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer, y mejorar la salud materna, entre otras cuestiones, sean inclusivos y accesibles para las personas con discapacidad (párrafo 6 de la parte dispositiva).

En la Plataforma de Acción de Beijing, aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, el Desarrollo y la Paz (Beijing) el 15 de septiembre de 1995, y en los documentos finales del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones sobre Nuevas medidas e iniciativas para la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing se reconoce que las mujeres con discapacidad hacen frente a barreras adicionales que dificultan el logro de la igualdad de género, y se hace un llamamiento a la acción en todos los niveles a fin de abordar y tomar en consideración sus preocupaciones (véase la nota 9 de pie de página). Además, en el resultado del vigésimo tercer período especial de sesiones se reconoce que la discriminación contra las mujeres con discapacidad constituye un obstáculo para el pleno disfrute de sus derechos humanos y una dificultad para la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (véase la nota 10 de pie de página).

La marginación de las niñas y las mujeres de todas las edades que padecen de alguna forma de discapacidad continúa siendo un obstáculo para la plena y acelerada aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing. Por ello, es necesario tener en cuenta y abordar sus preocupaciones en todas las actividades de formulación de políticas y programación. Es preciso adoptar medidas especiales a todos los niveles para integrarlas en las actividades principales de desarrollo (véase la nota 11 de pie de página).

Mesa redonda interactiva sobre «Aspectos transversales de las cuestiones relativas al género, la discapacidad y el desarrollo: hacia la igualdad de las mujeres y las niñas con discapacidad»

Sede de las Naciones Unidas, Nueva York, 4 de marzo de 2010

Moderadora:
Sra. María Verónica Reina, Directora Ejecutiva de la Alianza Global para la Discapacidad y el Desarrollo

Presentaciones de los ponentes:
Sra. Rangita de Silva, Directora de programas sobre normas internacionales de derechos humanos, Wellesley Centers for Women
Sra. Ana Peláez Narváez, miembro del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Sra. Luz Angela Melo, asesora técnica sobre derechos humanos, Fondo de Población de las Naciones Unidas

Documentos distribuidos durante la mesa redonda y referencias conexas
Disability Rights, Gender, and Development A Resource Tool for Action, Rangita de Silva de Alwis (resumen)
The Intersections of the CEDAW and CRPD: Putting Women’s Rights and Disability Rights into Action in Four Asian Countries, Rangita de Silva de Alwis
«Defying Double Discrimination», Georgetown Journal of International Affairs, 8, págs. 95 a 104. Borrador previo a la publicación
Reconociendo los Derechos de las Niñas y Mujeres con Discapacidad. Un Valor Añadido para la Sociedad Futura, Conferencia Europea, Madrid 2007: CERMI/EDF Colección núm. 32
1er Plan Integral de Acción para Mujeres con Discapacidad 2005-2008 (España)
Emerging Issues: Sexual and Reproductive Health of Persons with Disabilities, Fondo de Población de las Naciones Unidas, 2007.

Recursos en Internet sobre las mujeres y las niñas con discapacidad
Recursos en inglés / Resources in English
Recursos en francés / Ressources en Français
Recursos en español

Red Internacional de Mujeres con Discapacidad

La Red Internacional de Mujeres con Discapacidad (INWWD) está compuesta por organizaciones, grupos y redes de mujeres con discapacidad de ámbito internacional, regional, nacional o local. También incorpora a las mujeres con discapacidad a título personal y a sus aliados. La misión de la Red es propiciar que las mujeres con discapacidad compartan sus conocimientos y su experiencia, mejoren su capacidad para hacer valer sus derechos, se doten de recursos que les permitan generar un cambio positivo y fomentar la inclusión en sus comunidades, y promuevan su participación en las iniciativas políticas pertinentes en todas las instancias, con el fin de crear un mundo más justo y equitativo, en el que se reconozcan los aspectos ligados a la discapacidad y al género, la justicia y los derechos humanos.

Los interesados en unirse a esta red virtual pueden enviar un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico: inwwd-subscribe@yahoogroups.com

Nota 1. La mujer y la vivienda adecuada, Estudio del Relator Especial sobre una vivienda adecuada, como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, Miloon Kothari, E/CN.4/2005/43, párr. 64.

Nota 2. «Las barreras en el empleo para las mujeres con discapacidades», Arthur O’Reilly, El derecho al trabajo decente de las personas con discapacidades, Documento de Trabajo núm. 14-S, Ginebra, Organización Internacional del Trabajo, 2003.

Nota 3. United Nations Enable «Factsheet on persons with disabilities».

Nota 4. Página del Banco Mundial sobre Salud reproductiva y discapacidad

Nota 5. Resolución 37/52 de la Asamblea General, de 3 de diciembre de 1982 (véase A/37/351/Add.1 y Add.1/Corr.1, anexo, secc. VIII, párr. 45).

Nota 6. Resolución 61/106 de la Asamblea General, de 13 de diciembre de 2006 anexo, párrafo q) del preámbulo.

Nota 7. Ibíd., artículo 3 g).

Nota 8. Ibíd., artículo 6.

Nota 9. Resolución S-23/3 de la Asamblea General, de 10 de junio de 2000, anexo, párrafo 5.

Nota 10. Ibíd., párr. 27.

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