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miércoles, 30 de enero de 2013

CONADIS PERÙ

ARTÍCULOS CAPITULO XIV INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 100.- Autoridades del procedimiento sancionador. Para efecto de la aplicación de las normas sobre el procedimiento sancionador establecido en la Ley, las autoridades son: La Dirección de Desarrollo y Producción Normativa de CONADIS (Dirección de normatividad): es la autoridad instructora y resolutora del procedimiento, siendo responsable de llevar a cabo las diligencias preliminares, conducir y desarrollar la fase instructora e imponer la sanción correspondiente o decidir el archivo del procedimiento. La Secretaría General de CONADIS: es la autoridad que resuelve en última instancia el procedimiento, cuya decisión agota la vía administrativa. Artículo 101.- Inicio del procedimiento. El procedimiento sancionador será promovido en cualquiera de los siguientes casos: Denuncia de la persona afectada o que potencialmente pudiera verse afectada. De oficio por la Dirección de Desarrollo y Producción Normativa (Dirección de Normatividad). Por orden motivada del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Por petición motivada de otros órganos. Artículo 102.- Etapas del procedimiento. El procedimiento sancionador que establece la Ley comprende una fase instructora y sancionadora a cargo de la Dirección de Desarrollo y Producción Normativa (Dirección de Normatividad). Artículo 103.- Inspección preliminar Con anterioridad a la iniciación formal del procedimiento sancionador, la Dirección de Desarrollo y Producción Normativa (Dirección de Normatividad) podrá realizar inspecciones preliminares, de carácter inopinado y reservado, a efectos de determinar la existencia de circunstancias o indicios que justifiquen la instauración del procedimiento sancionador. Terminada la inspección, se levantará un acta de verificación, la misma que será suscrita por el funcionario supervisor, y el representante de la entidad supervisada. En caso que el denunciado o el representante legal de la entidad, se niegue a la inspección, se deja constancia en el acta respectiva. Artículo 104.- Archivo preliminar. La Dirección de Desarrollo y Producción Normativa (Dirección de Normatividad), mediante acto expreso y motivado, decidirá el archivo de los casos que no ameriten la apertura del procedimiento sancionador. Este acto será notificado a quien promovió el procedimiento. Artículo 105.- Principio de oportunidad. La causa será archivada si, antes de la iniciación del procedimiento sancionador, la institución denunciada o supuesta responsable subsana voluntariamente las consecuencias de su acto infractor. Una vez iniciado el procedimiento, solo procederá la atenuación, de conformidad con el artículo 236-A de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 106.- Medidas cautelares. Una vez iniciado el procedimiento sancionador, la Dirección de Desarrollo y Producción Normativa (Dirección de Normatividad) podrá disponer, mediante acto motivado, la adopción de medidas de carácter provisional que aseguren la eficacia de la resolución final que pudiera recaer en el referido procedimiento, con observancia de las normas aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

lunes, 28 de enero de 2013

Artemio afirma que Humala lo interrogó tras su captura

El excabecilla de Sendero Luminoso Florindo Eleuterio Flores Hala, alias ‘Artemio’, reiteró que el presidente Ollanta Humala lo interrogó cuando estuvo internado en el Hospital de la Policía, tras su captura. “Cuando estaba postrado en el hospital, después de que me torturaron, se apareció una mañana el presidente, me interrogó y grabó”, manifestó. Admitió, además, que las armas fueron obtenidas tras las emboscadas en contra de agentes de la Policía Nacional y militares. Durante la audiencia en el juicio que se le sigue por terrorismo, narcotráfico y lavado de activos, sostuvo que nunca hubo un acuerdo de paz entre Sendero Luminoso y el gobierno. Dijo que él respaldó la postura del terrorista Óscar Ramírez Durand ‘Feliciano’, de proseguir la ‘lucha armada’, pero que cambió de opinión luego de la captura de éste en 1999.

PUKLLAY 2013 ANDAHUAYLAS PERÚ

PUKLLAY 2013  este 01 y 02 de Marzo

Se aprueban las actividades por el carnaval Andahuaylino 2013.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE XI ENCUENTRO NACIONAL  DEL CARNAVAL ORIGINARIO DEL PERU PUKLLAY – 2013

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DE XI ENCUENTRO NACIONAL
DEL CARNAVAL ORIGINARIO DEL PERÚ PUKLLAY – 2013

Jueves 31 de Enero del 2013
·        Día de Compadres
Actividades:
Inicio de las fiestas de carnaval con la visita de comadres Inter instituciones a partir de las 09:00 AM.
Jueves 07 de Febrero del 2013
·       Día de Comadres y Yuyachik  a  instituciones

Actividades:
Visita tradicional de comadres Inter instituciones a partir de las 09:00 AM.
Sábado 09 de Febrero del 2013
Entrada del Ño Carnavalon, Gran Corso de carros alegóricos y elección de la reyna del Carnaval Andahuaylino.
Actividades:
El gran corso de carros alegóricos por carnavales marca el inicio oficial de las actividades carnavalescas en la provincia, donde las instituciones Públicas y privadas presentan su carro alegórico y su reyna a partir de las 11:00 am.
El tradicional Ño Carnavalon, hace su entrada a la ciudad con un impresionante pasacalle por las principales arterias de Andahuaylas, se dará inicio a las 01:00 pm.
La elección de la Reyna del carnaval en la plaza de armas de Andahuaylas se llevara a cabo luego del pasacalle, a partir de las 05:00 pm.
Miércoles 13 de Febrero del 2013 
 Primera Fecha del concurso de Carnaval Urbano Chanka Andahuaylas.
   Actividades:
ü         En cumplimiento al cronograma se dará inicio el concurso del carnaval Urbano Chanka a partir de     las 07:00 pm en las principales arterias de la ciudad.
Martes 19  de Febrero del 2013
· Segunda Fecha del concurso de Carnaval Urbano Chanka Andahuaylas.

Actividades:
ü   En cumplimiento al cronograma se da continuación al concurso del carnaval Urbano Chanka a partir de las 07:00 pm en las principales arterias de la ciudad.
Jueves 21 de Febrero del 2013
· Tercera fecha del concurso de Carnaval Urbano Chanka Andahuaylas.

Actividades:
ü    En cumplimiento al cronograma se da continuación al concurso del carnaval Urbano Chanka a partir de las 07:00 pm en las principales arterias de la ciudad.
Viernes  22 de febrero del 2013.
· Revalorando el carnaval de antaño

Actividades:
ü      Se realizarán actividades  con la finalidad de revalorar la costumbre del carnaval de antaño “POR SUS ALAMEDAS RECORREN PANDILLAS, PERO LOS PRIMEROS SOMOS DE……..”  con premiación para cada Barrio participante, a partir de las 07:00 pm en las principales arterias de la ciudad.
Sábado  23  de febrero del 2013.
· Concurso de carnaval Infantil

Actividades:
ü Se realizará con la finalidad de formar conciencia sobre la importancia del evento en los más pequeños, a partir de las 09:00 am dándose inicio con un pasacalle desde la plaza de armas hasta el coliseo Nacion Chanka donde se realizara el concurso.
· Final del concurso de Carnaval Urbano Chanka

Actividades:
ü  A continuación del concurso del carnaval infantil,  se dará inicio a la gran final del carnaval urbano Chanka, en el coliseo Nación Chanka de Andahuaylas a partir de la 01:00 pm.
Domingo 24 de Febrero del 2013.
· Participación Juvenil y Guerra de globos

Actividades:
ü     Se realizarán actividades de juegos de carnavales, con la finalidad de lograr la inclusión de los jóvenes y niños en los festejos y costumbres del carnaval Andahuaylino,  incidiéndose mucho en la seguridad de los participantes así como de los ciudadanos, se desarrollará en la Plaza de Armas en la calle Ricardo Palma y algunas arterias de la ciudad desde las 09:00 am hasta la 12:00 m. según programación y reglas de juego.
Martes 26 de febrero del 2013.
· Revalorando el carnaval de antaño

Actividades:
ü     Se realizarán actividades  con la finalidad de revalorar la costumbre del carnaval de antaño “POR SUS ALAMEDAS RECORREN PANDILLAS, PERO LOS PRIMEROS SOMOS DE……..”  con premiación para cada Barrio participante, a partir de las 07:00 pm en las principales arterias de la ciudad.

Jueves 28 de febrero del 2013.
· Recepción de delegaciones para el Gran Pasacalle y Encuentro Nacional del Carnaval originario del Peru.

Actividades:
    Se recibirán a las delegaciones que lleguen a la ciudad para participar en el mega evento PUKLLAY 2013, con el acompañamiento de las comparsas ganadoras de los carnavales urbano y  “por sus alamedas recorren pandillas”, a partir de las 02:00 pm. 
· Final del Evento Revalorando el carnaval de antaño

Actividades:
   Se realizará la gran final del concurso para revalorar la costumbre del carnaval de antaño “POR SUS ALAMEDAS RECORREN PANDILLAS, PERO LOS PRIMEROS SOMOS DE……..”  con premiación para cada Barrio participante, a partir de las 07:00 pm en la plaza de armas de la ciudad.

Viernes 01 de Marzo del 2013
·       Gran Pasacalle del XI Encuentro Nacional del carnaval originario del Perú.
Actividades:
     El día viernes 01 a partir  de las 9:00 a. m. se dará el inicio al GRAN PASACALLE con la participación de las distintas comparsas de carnaval Urbano, Rural Chanka y las delegaciones participantes de la región Apurímac, Regiones del Perú y delegaciones Internacionales invitadas.
·      Concurso del carnaval Rural chanka
Actividades:
    Siguiendo con el cronograma de actividades el concurso del carnaval rural de la región chanka, que busca revalorar y difundir nuestra cultura viva al turista nacional y extranjero, se llevara a cabo en el estadio Los chankas de Andahuaylas, a partir de las 12:00 m. con la participación de 02 delegaciones por distrito, previamente acreditadas por su respectiva Municipalidad Distrital.
Sábado 02 de Marzo del 2013.
·       Pukllay, XI  encuentro Nacional del Carnaval Originario del Peru

Actividades:

ü       El XI Encuentro Nacional del Carnaval Originario del Perú se dará inicio a las 9.00 a.m. en el Estadio Los Chankas de Andahuaylas según orden y horarios establecidos con anticipación de acuerdo a las bases y  confirmación de cada uno de los grupos visitantes de las distintas regiones, que serán transmitidos directamente por TV Peru a nivel Nacional.

jueves, 24 de enero de 2013

Funcionarios pueden ser despedidos si incumplen con la Ley de Discapacidad

La nueva norma obliga a que se dé empleo a un número mínimo de ciudadanos con discapacidades. Además, se han establecido sanciones y multas
Funcionarios pueden ser despedidos si incumplen con la Ley de Discapacidad
Las entidades privadas, con más de 50 trabajadores, están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no menor al 3% del total de empleados.
Se promulgó ayer la nueva Ley General de la Persona con Discapacidad (29973). La iniciativa ya había sido aprobada por el Congreso en junio pasado; sin embargo, el Ejecutivo la observó, lo que generó el retraso de su entrada en vigencia.
Pese a las observaciones, el presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), Julio Guzmán Jara, afirmó que es una buena norma. En tanto, Michael Urtecho, congresista por Solidaridad Nacional, señaló que esta ley supera enormemente a la anterior, aprobada en 1999. “Se cambia el enfoque asistencialista que tenía la anterior ley por uno más de oportunidades y derechos”, comentó. Hay varios puntos que destacan en la norma, desde derechos hasta sanciones.
1. Cuota obligatoria en las empresas públicas y privadas. 
Un cambio importante respecto a la anterior ley es que las entidades privadas, con más de 50 trabajadores, están obligadas a contratar personas con discapacidad en una proporción no menor al 3% del total de empleados. En el sector público, el mínimo es de 5%. Según Julio Guzmán, antes solo las entidades públicas estaban obligadas a contratar personas con discapacidades, pero hasta el 3% del total de sus empleados. Además, se mantuvo que los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría, que emplean a personas con discapacidad, tengan una deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre los salarios que tengan dichas personas.
2. Accesibilidad a servicios, derechos civiles y políticos. Según la norma, la persona con discapacidad tiene derecho a participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones que los demás ciudadanos. Si bien es un punto obvio, esto no se decía explícitamente en la anterior norma. Además, la ley establece la adecuación de las edificaciones públicas y privadas, así como el transporte público, a las personas con discapacidad. También los programas informativos, educativos y culturales transmitidos por televisión deberán contar con intérpretes de lengua de señas o subtítulos.
3. Salud y rehabilitación. 
La ley dice que las personas con discapacidad accederán al sistema de aseguramiento universal que avale su rehabilitación. También se garantizará la disponibilidad y acceso a medicamentos y tecnologías necesarios para su rehabilitación.
4. Educación y deporte. 
Respecto a la educación superior, las universidades y los institutos deben reservar el 5% de las vacantes ofrecidas en sus procesos de admisión por especialidad profesional para postulantes que tengan alguna discapacidad. Sin embargo, estos solo accederán si es que aprueban la evaluación de ingreso a la institución. Además, las universidades, institutos y escuelas superiores deberán incluir en sus programas asignaturas sobre discapacidad.
5. Nivel de vida y protección social. Otro punto destacable es el de las pensiones. La ley establece beneficios para los discapacitados que acceden a una pensión de orfandad bajo un régimen previsional, la que no será afectada si es que recibe otro salario no mayor a dos remuneraciones mínimas vitales. Otro aspecto importante es que la persona con discapacidad severa, en situación de pobreza y que no tenga un ingreso o pensión pública o privada, recibirá una pensión no contributiva por parte del Estado. Asimismo, los discapacitados tendrán ventajas en los programas sociales.
6. Las sanciones y multas. Lo anterior no podría hacerse efectivo si no se cumple lo estipulado en la norma. Para eso se han establecido sanciones y multas cuya gravedad se determinará según el tipo de infracción. Por ejemplo, las infracciones muy graves son el incumplimiento de la cuota de empleabilidad o el despido arbitrario del discapacitado por entidades públicas cuando no existen causales que lo justifiquen. Para los infractores se han establecido sanciones que van desde amonestaciones hasta la destitución del cargo. También hay multas que oscilan entre una y veinte unidades impositivas tributarias (UIT). Como se recuerda, cada UIT es de S/. 3.650. El Conadis es la entidad que tiene la potestad sancionadora (además habrá un sistema para hacer políticas públicas sobre la discapacidad).